ACTA QUE NOTIFICA NUEVA AUDIENCIA POLIGONO 201 OCUPACION 155 BOSA EXP 2023574490100442E

Descripción Audiencia Publica: 
ACTA QUE NOTIFICA NUEVA AUDIENCIA POLIGONO 201 OCUPACION 155 BOSA EXP 2023574490100442E
Fecha y hora de la Audiencias: 
15 DE JUNIO DEL 2023 A LA 1:00 DE LA TARDE
Dependencia: 
Dirección para la Gestión Policiva
Nombre Inspeccion: 
INSPECCIONES DE ATENCIÓN PRIORITARIA (1-29)
Lugar de la Reunión: 

AUDIENCIA PÚBLICA art. 223 Ley 1801/2016
Acta del 07 de junio de 2023
 
EXPEDIENTE No.: 2023574490100442E
NATURALEZA DEL PROCESO: Integridad Urbanística artículo 135 Ley 1801/16
PRESUNTO INFRACTOR: JOSE ANTONIO AGUDELO ROMERO
BIEN INMUEBLE: Ubicado en el polígono 201 ocupación 155, coordenadas X: 85329 Y:102306, U.P.L. 14 Porvenir, CHIP: AAA0140ELWF, del Distrito de Bogotá
 
 
En Bogotá D.C., a los siete (07) días del mes de junio de 2023 siendo la 01:15 pm, el suscrito Inspector diecinueve (AP-19) Distrital de Policía de Bogotá D.C., instala audiencia pública reglada en el artículo 223 de la Ley 1801 de 2016 dentro del PROCESO VERBAL ABREVIADO por comportamiento contrario a la convivencia tipificado en los numerales 1, 4, 11 y 12 del artículo 135 ibidem, atendiendo las presuntas irregularidades expuestas en el formato único de visita y control urbanismo elaborado por profesionales en la materia adscritos a la Alcaldía Local de Bosa del Distrito Capital de Bogotá.
 
Se deja constancia que se concedió un término de 15 minutos al presunto infractor para que compareciera sin lograr dicho cometido, aunado, reposa dentro del expediente copia de una fotografía del aviso que se fijó en la ubicación del predio objeto de proceso, donde se entreve la notificación de la presente audiencia, diligencia de notificación que se desarrolló por el suscrito Inspector de Policía con acompañamiento de un ingeniero adscrito a la Secretaría de Gobierno, cumpliendo de esta manera con lo ordenado en el parágrafo 2 del artículo 223 de la Ley 1801 de 2016.
 
En consecuencia, se suspende la presente audiencia pública concediéndose al presunto infractor un término máximo de tres (3) días para que justifique siquiera sumariamente su inasistencia a la audiencia, de conformidad a lo indicado en el parágrafo primero del artículo 223 de la Ley 1801 de 2016 en concordancia con lo dispuesto en Sentencia C-349 de 2017 de la Honorable Corte Constitucional.
 
Sin embargo, respetando el termino para presentar excusa, se fijó fecha para continuar con la audiencia que nos ocupa, el día quince (15) de junio de 2023 a la una de la tarde (01:00 pm). Aunado se ordenó por medio de la auxiliar asignada al despacho, subir la fecha y hora de la audiencia al MICROSITIO asignado por la Secretaría de Gobierno Distrital de Bogotá.
 
No siendo otro el motivo de la presente se suspende para ser reanudada en la fecha ya informada.