Se informa a las personas que se relacionan en el cuadro que aparece al final de este documento, que esta Inspección de Convivencia y Paz, mediante auto de 03 de julio de 2026, avocó conocimiento de actuación policiva en contra de cada uno de ustedes, por incurrir en los comportamientos contrarios a la convivencia tipificados en la Ley 1801 de 2016 (artículo y numeral descritos en el cuadro), y resolvió dar apertura formal al procedimiento verbal abreviado de que trata el artículo 223 de la Ley 1801 de 2016. En consecuencia, y con el fin de salvaguardar las garantías constitucionales y legales inherentes al derecho fundamental al debido proceso, este Despacho, teniendo en cuenta la inasistencia a la audiencia inicialmente programada de los presuntos infractores y ante la ausencia de prueba, siquiera sumaria, que justifique dicha ausencia, se dispone a reprogramar las diligencias suspendidas en la sede de la antigua Junta Administradora Local (JAL) de la Localidad de Usaquén, ubicada en la Calle 120A No. 7-55, Inspección APL-2, en las fechas y horas señaladas en el cuadro que obra al final del presente documento, con el propósito de llevar a cabo la segunda audiencia dentro del trámite administrativo.
| DOCUMENTO DE IDENTIDAD | NOMBRE | EXPEDIENTE | NÚMERO DE EXPEDIENTE DE POLICIA | COMPORTAMIENTO | FECHA DE COMPARENDO | FECHA AUDIENCIA | HORA |
| 1098685740 | Leonel Guarín Lancheros | 2023513490100328E | 11-001-6-2023-10011252 | 33,2 | 14 de febrero de 2023 | 17 de julio de 2026 | 8:50 a. m. |
| 1032358636 | Julián Alberto Oliveros Pérez | 2026513490101429E | 11-001-6-2026-117910 | 33,2 | 5 de marzo de 2026 | 17 de julio de 2026 | 12:00 p. m. |