Cordial saludo
EDUARDO MIGUEL PARRA ERAZO,
Les informo que, tras una revisión exhaustiva del expediente de policía N° 11-001-6-2017-86136, se ha decidido CONFIRMAR la media correctiva de suspensión temporal de la actividad al establecimiento ubicado en la AV 14 CL 12-20 SUR de Bogotá, actuando como persona encargada del mismo el señor EDUARDO MIGUEL PARRA ERAZO, Identificado con C.C. No. 79206614, impuesta por la CM. ANA AVICENA SANDOVAL HERNANDEZ, identificada con placa de Policía Nro. 56795.
Como consecuencia de lo anterior y finalmente, este Despacho se permite declarar que por tratarse de un comportamiento que no tiene me-didas correctivas competencia del Inspector de Policía pendientes por resolverse, registradas en el acápite de Actuación Inspector de Policía en el Registro Nacional de Medidas Correctivas, por lo que el Despacho considera que amerita abstenerse y rechazar de plano cualquier trámite adicional a lo aquí decidido, y por ende ordenar su archivo, de acuerdo a la normatividad aplicable en la materia.
Además, el proceso asociado se archivará conforme a esta decisión.
Agradecemos la atención prestada
Cordialmente