Obligaciones y Deberes

Obligaciones de los estacionamientos o parqueaderos fuera de vía abiertos al público:
 

  1. Póliza de responsabilidad civil extracontractual, para la protección de los bienes depositados y las personas. Se debe informar mediante aviso o en recibo de depósito, el número de la póliza, compañía aseguradora y el procedimiento de reclamación.
  1. Expedir recibo de depósito o mecanismo electrónico que individualice el vehículo al momento del ingreso, en el que se registre su número de placa y la hora de ingreso.
  1. Se debe ofrecer la opción de relacionar bienes personales o no componentes integrales del vehículo que deja en depósito para efectos de reclamaciones.
  1. Radicar las tarifas ante las Alcaldías Locales y cumplir e informar las tarifas fijadas por la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
  1. Garantizar la seguridad permanente de los vehículos mediante distintos medios tecnológicos, operativos y con acomodadores uniformados con licencia de conducción y credenciales que faciliten su identificación por parte de los usuarios.
  1. Señalizar debidamente la entrada y la salida de vehículos y demarcar el espacio que ocupa cada vehículo y los corredores de giro y movilidad.
  1. Bicicletas. Todos los parqueaderos deben adecuar espacios para bicicletas, en los parqueaderos en superficie o nivele abiertos a partir de febrero de 2004, deben adecuar o habilitar estacionamientos de bicicletas equivalentes a 1 por cada 10 parqueaderos de vehículo, con un mínimo de 12 cupos.  
  1. Cupos para personas con limitaciones físicas. En los parqueaderos abiertos a partir de febrero de 2004, deben adecuar o habilitar un estacionamiento para personas con limitaciones por cada 15 parqueaderos de vehículos y localización preferencial, con un mínimo de 1 cupo. De conformidad con las normas nacionales y distritales vigentes.
  1. Informar debidamente las tarifas, horarios de parqueo y la existencia o no de cupos.
  1.  Cumplir las normas referentes al uso del suelo, mediante concepto de uso y/o licencia de construcción del inmueble donde se encuentra ubicado el parqueadero.
  1. Mantener vigente la matrícula mercantil de la Cámara de Comercio, desarrollando la actividad enunciada.
  1. En los establecimientos donde reproduzcan públicamente obras musicales, mantener y presentar el comprobante de pago de derechos de autor vigente.
  1. Prestar el servicio sanitario a niños, mujeres en evidente estado de embarazo y adultos de la tercera edad cuando así lo soliciten, sin importar que los mismos sean sus clientes o no.
  1. No invadir el espacio público.
  1. No permitir en los establecimientos el funcionamiento de talleres ni trabajos de reparación o pintura, ni venta de repuestos automotrices.
  1. Contar con las condiciones sanitarias de conformidad con la normativa vigente.
  1.  Contar con los  equipos necesarios y conservarlos en óptimas condiciones para la protección y control de incendios.
  1. No permitir la entrada de un número de vehículos superior a la capacidad del local.
  1. Publicar en un lugar visible la siguiente información: i. Los datos de contacto del responsable interno en caso de reclamaciones. ii. Los datos de contacto de la Superintendendencia de Industria y Comercio en caso de quejas y reclamaciones. iii. Los datos de contacto de las Alcaldías Locales en caso de quejas.