De conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Acuerdo Distrital 735 de 2019 y en los artículos 1º y 2º del Decreto No. 099 de 2019 la Subsecretaría de Gestión Local de la Secretaría Distrital de Gobierno es competente para decidir el recurso de apelación de las decisiones que profieran los Inspectores de Policía y Corregidores Distritales sobre los siguientes comportamientos:
Comportamientos contrarios a la convivencia
- que afectan la seguridad y bienes en relación con los servicios públicos (artículo 28)
- que afectan la convivencia en los establecimientos educativos relacionados con consumo de sustancias, salvo aquellos que sean atribuibles a los estudiantes mayores de edad de los establecimientos de educación del nivel básica y media (artículo 34)
- que afectan la integridad de niños, niñas y adolescentes (artículo 38)
- que afectan a los grupos sociales de especial protección constitucional (artículo 40)
- en el ejercicio de la prostitución (artículo 44)
- de quienes soliciten servicios de prostitución (artículo 45)
- de los propietarios, tenedores, administradores o encargados de los establecimientos, inmuebles o lugares donde se ejerza la prostitución (artículo 46)
- relacionados con el respeto a las manifestaciones y reuniones de las personas en el espacio público (artículo 53, parágrafo 2)
- que ponen en riesgo la vida e integridad de las personas en las actividades que involucran aglomeraciones de público no complejas (artículo 59)
- de los organizadores que ponen en riesgo la vida e integridad de las personas en las actividades que involucren aglomeraciones de público complejas y su correcto desarrollo (artículo 73)
- de los asistentes que ponen en riesgo la vida e integridad de las personas y el correcto desarrollo de las actividades que involucran aglomeraciones de público complejas (artículo 74)
- contrarios a la posesión y mera tenencia de bienes inmuebles (artículo 77)
- contrarios al derecho de servidumbre (artículo 78)
- relacionados con la prestación del servicio de baño en cumplimiento del artículo 88 de la Ley 1801 de 2016 (artículo 88)
- relacionados con el cumplimiento de la normatividad que afectan la actividad económica (artículo 92)
- relacionados con la seguridad y tranquilidad que afectan la actividad económica (artículo 93)
- en ciclorrutas y carriles exclusivos para bicicletas por parte de los no usuarios de bicicletas (artículo 144)
- en los sistemas de transporte motorizados o servicio público de transporte masivo de pasajeros (artículo 146)
Unificación de criterios
A continuación encontrará la información relacionada con la unificación de criterios generada por la Secretaría Distrital de Gobierno para la toma de decisiones en segunda instancia.
De conformidad con el artículo 31 del Acuerdo Distrital 735 de 2019 "Unificación de Criterios en el Proceso Policivo. Para visibilizar y fortalecer la función y la actividad de Policía y el mantenimiento de niveles armónicos de convivencia, las Autoridades Administrativas Especiales de Policía de que trata el presente Acuerdo unificarán los criterios en los procesos objeto de su conocimiento, con el fin de garantizar los principios de coherencia y seguridad jurídica que permitan materializar una oportuna y cumplida prestación de la función de Policía en el Distrito Capital", la Subsecretaría de Gestión Local de la Secretaría Distrital de Gobierno pone a disposición de los interesados la información relacionada con las decisiones proferidas en segunda instancia.
Expedientes recibidos y resueltos en la Subsecretaría de Gestión Local de la Secretaría Distrital de Gobierno
A continuación encontrará la información de los recursos de apelación concedidos por los Inspectores de Policía y que han sido recibidos por la Subsecretaría de Gestión Local, como Autoridad Administrativa Especial de Policía, así como de los recursos de apelación resueltos.
Los interesados en sustentar la apelación deberan realizarla dentro de los dos (2) días siguientes a la fecha de recepción, lo anterior, de conformidad con lo establecido en el númeral 4 del artículo 223 del Código Nacional de Policía y Convivencia.
Fecha Recepción | Autoridad de Policía | Número |
13/12/2019 | 01 D. Inspector de Policía | 2019514490100191E |
13/12/2019 | 01 D. Inspector de Policía | 2018513490100463E |
16/12/2019 | AP04. Inspector de Policía | 2019604880100797E |
17/12/2019 | 12 B. Inspector de Policía | 2018623490101250E |
17/12/2019 | 11 D. Inspector de Policía | 2017223490106480E |
17/12/2019 | 07 C. Inspector de Policía | 2018573880100209E |
17/12/2019 | 19 B. Inspector de Policía | 2019693490102140E |
17/12/2019 | 08 F. Inspector de Policía | 2019223490105832E |
17/12/2019 | 19 B. Inspector de Policía | 2019693490104111E |
17/12/2019 | 13 A. Inspector de Policía | 2017633490100028E |
18/12/2019 | 05 C. Inspector de Policía | 2019553490100973E |
19/12/2019 | 10 A. Inspector de Policía | 20176010070842E |
20/12/2019 | AP10. Inspector de Policía | 20194210275102E |
20/12/2019 | 08 E. Inspector de Policía | 2019584490108453E |
20/12/2019 | 10 B. Inspector de Policía | 2018603490101019E |
20/12/2019 | 11 A. Inspector de Policía | 2017223490106469E |
20/12/2019 | 11 A. Inspector de Policía | 2017223490106543E |
20/12/2019 | 11 G. Inspector de Policía | 2019223490125981E |
30/12/2019 | 4 D. Inspector de Policia | 2018543490101233E |
30/12/2019 | 14 B. Inspector de Policia | 2017643870100223E |
30/12/2019 | 8 F. Inspector de Policia | 2018223490152146E |
30/12/2019 | 14 B. Inspector de Policía | 2017643870100223E |
31/12/2019 | 11 E. Inspector de Policía | 2018614490113472E |
31/12/2019 | 11 A. Inspector de Policía | 2018614020100026E |
31/12/2019 | 08 C. Inspector de Policía | 2018223490129012E |
31/12/2019 | 11 E. Inspector de Policía | 2018614490100703E |
7/01/2020 | 11 D. Inspector de Policía | 2017613870100395E |
10/01/2020 | 07 A. Inspector de Policía | 2019223490130190E |
10/01/2020 | 07 A. Inspector de Policía | 2018573880100078E |
14/01/2020 | 06 A. Inspector de Policía | 2019563880100082E |
14/01/2020 | 03 D. Inspector de Policía | 2018533870105793E |
Recursos de apelación resueltos
A continuación encontrará la información de los recursos de apelación desatados por la Subsecretaría de Gestión Local, como Autoridad Administrativa Especial de Policía.
Último estado
Número Expediente | Nombre Querellante | Nombre Querellado | Número de Auto | Asunto | Procedencia | Estado No. | Fecha del Estado |
2018623880100059E | German Tarazona Cárdenas | Prisma Farmacéutica SAS | 001-2020 | 03. Actividad Económica | 12 B. Inspector de Policía | 001 | 7/01/2020 |